Factura simplificada
Una factura simplificada es la factura que aunque no contiene todos los datos como los de una factura completa, sí está admitida por la Agencia Tributaria en distintas circunstancias. Desde la entrada en vigor del 1 de enero de 2013 del Reglamento de Facturación aprobado en Real Decreto 1619 / 2012 se introdujo el uso de la factura simplificada en detrimento del tiquet (que desde entonces no es aceptado de forma fiscal y contable como justificante de gasto).
Según definición oficial la factura simplificada es aquella factura que se utiliza para deducir gastos de una empresa y solo debe incluir como dato obligatorio además del importe, los datos fiscales del emisor. Por lo tanto y a diferencia de una factura ordinaria, no tiene por qué incluir los datos del receptor (al igual que el tíquet). De ahí que se denomine simplificada.
Los tíquets que anteriormente se recibían de un restaurante, de una cafetería o un taxi por ejemplo, ahora para ser admitidos en la contabilidad y en la Agencia Tributaria sin necesidad de factura ordinaria, deberán ser como mínimo, factura simplificada.
Uso de la factura simplificada
Esta factura solo se podrá emitir y utilizar en determinadas circunstancias y cumpliendo con unos requisitos específicos.
Como norma general una factura simplificada se utilizará para importes que no superen los 400 € (iva incluido).
Hay algunas excepciones en las que superando el límite y llegando a los 3.000 € (iva incluido) se podrá utilizar dicha factura:
- Venta al por mayor de bienes inmuebles corporales, semovientes a particulares.
- Servicios – ventas en ambulancia.
- Ventas de productos o servicios a domicilio del consumidor.
- Transporte de personas y equipajes.
- Servicios de hostelería y restauración (Discotecas y salas de baile).
- Servicios telefónicos.
- Peluquería y belleza.
- Instalaciones deportivas – su uso.
- Aparcamientos de vehículos.
- Fotografía.
- Tintorerías y lavanderías.
- Autopistas de peaje.
Diferencia entre factura y tíquet
Los tíquets ya no son efectivos para una contabilidad ni a efectos fiscales. Es imprescindible contar con una factura simplificada desde el Real Decreto 1619 / 2012. No es que el tíquet haya desaparecido pero si se quiere desgravar el Iva del mismo e incluirlo en la contabilidad, ya no es posible y se requiere de una factura simplificada.
Un tíquet es por tanto, un resguardo y comprobante de pago. No sirve para nada más que para justificar con el comprador, esa adquisición.
La gran diferencia es que el tíquet no tendrá validez fiscal y la factura simplificada, sí.
Diferencia entre factura ordinaria y factura simplificada
Por el contrario, entre factura simplificada y factura ordinaria la gran diferencia radica en la información que se incluye en las mismas. En el caso de la ordinaria, habrá que incluir todos los detalles de la transacción y de ambas partes (emisor y receptor). En el de la factura simplificada solo será necesario los datos del emisor (y no así del receptor).
Por lo tanto un comercio podrá emitir sin problema facturas simplificadas sin necesidad de solicitar sus datos al clientes.