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Tipos y retenciones de IRPF 2016


Saber cuál es el tipo retenciones a aplicar IRPF aplicable en cada momento, se ha vuelto algo complicado. ¡Conoce los vigentes en 2016! La tributación es una ciencia cambiante y que, para suerte o por desgracia, cambia todos los meses, ya sea en pequeños detalles, ya sea con una reforma completa de uno o varios impuestos que nos obligan a estudiarnos de nuevo completamente el mismo. Tienes que estar siempre al día en la gestión de tu facturación para que no se quede nada pendiente o no estés al tanto de lo que ocurre. Además, y por si esto fuera poco, debemos tener en cuenta que la normativa tributaria no es retroactiva, de forma que aunque para 2016 se aprueben unos tipos del IRPF determinados, al realizar la declaración de la renta, allá por los meses de abril a junio, debemos aplicar la normativa y tipos vigentes en el momento del devengo del impuesto, 31 de diciembre de 2015, de forma que vivimos con varias normativas en nuestra mente que, en determinados momentos, nos hacen dudar de cuál es la que debes aplicar y cuál es la actual y cual la anterior.

Tipos de IRPF en la escala de tributación

En 2016 se han modificado los tipos del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas, tanto en lo relativo a la escala de tributación, como en lo referente a las retenciones. En el primero de los casos, teniendo en cuenta que la mitad del tipo lo aplica la Comunidad Autónoma de residencia fiscal y que es algo que los programas (el programa Padre o similares) aplican automáticamente al realizar la declaración de la renta, no debe preocuparnos, sin perjuicio de decir que, al menos en la parte estatal, en 2016 es ligeramente inferior a 2015. De cualquier modo, y a manera orientativa (el tipo autonómico variará según la comunidad) los tipos de la escala del IRPF de 2016 son:

Base liquidable (€) Tipo Estatal aplicable (%) Tipo autonómico aplicable (%) Tipo Total (%)
Hasta 12.450,00 9,50 9,50 19,00
Los siguientes 7.750,00 12,00 12,00 24,00
Los siguientes 15.000,00 15,00 15,00 30,00
Los siguientes 24.800,00 18,50 18,50 37,00
En adelante (a partir de 60.000 euros) 22,50 22,50 45,00

Tipos de IRPF en las retenciones

En el segundo de los casos, las retenciones, y especialmente si somos autónomos y por tanto tenemos que emitir nuestras propias facturas, si debe preocuparnos, pues deberemos incorporar a las facturas el tipo correspondiente y no uno anterior que ya no esté vigente. Los tipos de retenciones vigentes para 2016, en función del tipo de rendimiento y condiciones específicas de cada autónomo o profesional son los siguientes:

Como puedes apreciar si realizas la comparación con los tipos vigentes en 2015, en la mayoría de las situaciones la retención ha bajado. Pese a ello, no te dejes engañar, que te reduzcan la retención de un 21% a un 15% por ejemplo no significa que te hayan bajado los impuestos. Ahora notarás más dinero en tu bolsillo, pero de cualquier modo, si a la hora de la declaración de la renta y aplicando la escala que indicábamos antes has retenido menos de lo que te correspondía pagar, ¡te tocará abonar la diferencia! Las retenciones sólo son un adelanto del pago de los impuestos, pero no una liquidación definitiva, por lo que tenlo en cuenta de cara a poder planificar ir ahorrando para pagar cuando llegue la declaración de la renta, o si has ganado poco y te encuentras en los tipos reducidos de la escala, tendrás la fortuna de que el resultado sea a devolver.

¿Estabas aplicando correctamente los tipos de IRPF en tus facturas de 2016? 

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3 Comentarios
  • Fran
    Fran2017-05-10 18:32:15
    Autor

    Hola, soy profesor de univerisdad y he dado un curso de 4 horas, me piden una factura/recibo para poder cobrarlo. Cómo debería hacerlo?

    Gracias

  • Carlos Vázquez
    Carlos Vázquez2016-09-12 13:14:35
    Autor

    Hola Luisa

    Si mas del 70% de tus ingresos han tenido retención no tienes obligación de presentar el modelo 130 … eso sí, no te olvides de presentar le modelo 036 comunicándoselo a Hacienda !!!

    Un saludo,

  • Luisa
    Luisa2016-08-29 12:28:32
    Autor

    Excelente artículo! muy completo. me surge una pregunta ¿Cómo autónomo debo presentar obligatoriamente el modelo 130? aquí econtré cierta información al respecto quería contrastarla: https://www.easesoria.es/irpf-que-es/

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