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¿Qué gastos puedo deducir si trabajo como autónomo desde casa?


¿Eres o has sido autónomo en algún momento a lo largo de tu vida profesional? De acuerdo, entonces seguro que has pasado por esto. Como bien sabrás, el hecho de ser trabajador autónomo comporta algunas obligaciones, y aquí en España aún más y más »dolorosas». Para empezar debemos aclarar que hay dos momentos en los que te tendrás que deducir algún tipo de gasto. Primero tienes el IVA que puedes deducirte de tu declaración mensual o trimestral, y segundo tienes los gastos que puedes deducirte en tu declaración anual de la renta. Pero antes de empezar y para que todo sea más fácil, prueba gratis nuestro software de facturación online.

La declaración del IVA

Empezaremos hablando de la declaración del IVA , como autónomo deberás presentar la declaración del IVA, generalmente de forma trimestral, aunque también puedes escoger hacerlo de forma mensual. Entonces, ¿Qué es esto de la declaración del IVA? La declaración del IVA es un documento oficial, que deberás presentar a hacienda, y en el que especificarás las cantidades repercutidas y soportadas junto con sus valores en cuanto al impuesto del valor añadido. No te preocupes, es normal que al principio te surjan dudas a la hora de incluir o no ciertos gastos junto con sus valores tributarios. Como me comentabas, eres autónomo y trabajas desde casa  ¿Verdad? Veamos entonces qué requisitos tienen que cumplir los gastos para que su IVA sea deducible. La agencia tributaria establece que podrás desgravarte el IVA de aquellos gastos en los que tengas que incurrir para desarrollar tu actividad profesional, así es como podemos distinguirlos:

  • Que estén vinculados a la actividad económica desarrollada
  • Que esté propiamente justificados
  • Que estén registrados en la contabilidad

El primero de estos criterios significa que ese gasto debe ser necesario para que tu puedas obtener tus ingresos con la actividad económica desarrollada, esta serie de gastos variarán dependiendo de la actividad económica desarrollada.

Por lo que respecta a la justificación de estos gastos, se necesitará siempre la factura de los mismos, y tiene que estar correctamente desglosada. Por ejemplo, no podrás justificar la deducción de un gasto con un tique de compra  como sucede en el caso del IRPF, solo con la factura, acuérdate. El requisito que hace referencia a la contabilización de los gastos es pura formalidad, más que nada se trata de que todas las facturas que hayas recibido estén totalmente contabilizadas y ordenadas en el tiempo. De este modo, si en algún momento eres investigado (Esperemos que no), podrás mostrar los documentos apropiados y el IVA mostrado cuadrará con el declarado durante ese mismo periodo de tiempo. Junto con estos 3 requisitos que te acabo de comentar, es importante que recuerdes otros factores de peso:

  • Por un lado, no podrás deducir el IVA de aquellos gastos de los cuales la factura haya sido emitida más de 4 años atrás.
  • El porcentaje de deducción del IVA irá relacionado con el porcentaje de ese gasto que esté atado a tu actividad económica. Me explico mejor, si el 40% de un gasto está atado a tu actividad económica, digamos por ejemplo la gasolina, solo podrás deducirte el 40% del IVA de aquella gasolina ¿Queda más claro? De nada.
  • Si realizas 2 actividades económicas distintas y una de ellas está exenta de IVA, deberás prorratear el IVA para determinar el porcentaje total de dicho impuesto que te puedes deducir.

De acuerdo, pero ¿Qué gastos en concreto me puedo deducir?

Como te comentaba anteriormente depende mucho de la actividad económica que realices, por ejemplo, trabajando desde casa podrías ser arquitecto, o abogado, o incluso coach. A grandes rasgos estos son algunos gastos que normalmente te podrás deducir:

  • Gastos de explotación: Siempre y cuando cumpla los requisitos nombrados anteriormente, el IVA soportado en aquellos servicios o productos necesarios para llevar a cabo una actividad económica determinada será totalmente deducible.
  • Sueldos, Salarios y Seguridad Social: Estos son datos exentos de IVA
  • Servicios externos de profesionales: Servicios exteriores que te verás obligado a contratar debido a tu actividad económica.
  • Suministros: Especialmente importantes en tu caso, que trabajas desde casa. Gastos como los suministros o la factura del teléfono son los más habituales, sin embargo, consulta exactamente cuáles son los que te puedes deducir y cuáles no, dependerá del régimen en el que se encuentre la actividad que realizas.
  • Tributos: Generalmente los tributos no suelen comportar un IVA, no obstante algunas tasas si que están sujetas a este impuesto, precisamente cuando se trata de tributos públicos.
  • Gastos financieros: Generalmente estos no llevan IVA.
  • Bienes de inversión: El IVA de estos bienes será deducible a lo largo del año en el que se realiza la compra del bien.

La declaración de la renta

Vamos ahora a ver otro momento en el que podrás deducirte gastos o parte de ellos relacionados con la actividad económica que realizas. Lo se, lo se, es todo un poco confuso, pero si prestas atención y sigues el hilo del artículo verás como lo entiendes fácilmente. Como te decía, el otro momento en el que te puedes deducir gastos o parte de ellos es la declaración de la renta. Como bien sabrás, el IRPF es un impuesto que todos los ciudadanos estamos obligados a pagar como consecuencia de nuestros ingresos, ya sean por cuenta ajena o por cuenta propia. Por lo tanto, aunque no fueras autónomo ni trabajaras desde casa deberías hacer la declaración de la renta igualmente. Lo que variará serán los gastos que te podrás deducir. En tu caso, este impuesto no lo pagas todo de golpe, sino que cada vez que emites una factura hacienda retiene una parte del importe total. La declaración de la renta simplemente es el momento en que se regularizan todos los movimientos anuales y se determina si tú o hacienda deberá pagar. Como en tu caso, tu casa es tu oficina, y por lo tanto, está directamente relacionada con tu principal actividad económica y profesional, hay una serie de gastos que podrás deducir. No en su totalidad, sino en la parte proporcional que dediques a realizar tu trabajo. Las cantidades también variarán dependiendo de si tu vivienda es tuya en propiedad o estás de alquiler, y de los metros que tenga la misma. Si tu vivienda es de alquiler:

  • Podrás deducir la parte que esté directamente relacionada con tu trabajo.
  • En el caso de los suministros, no podrás deducirte los gastos a no ser que tengas contadores a parte para la zona de trabajo.
  • Podrás deducirte la cantidad correspondiente a las compras del material necesario para realizar tu trabajo.

Si tu vivienda es de propiedad, de los siguientes gastos podrás deducirte aquella parte que esté directamente relacionada con tu actividad profesional:

  • Los gastos de la comunidad
  • La amortización del inmueble
  • Los intereses de la hipoteca
  • El seguro del hogar
  • Impuestos relacionados con la localización del inmueble
  • Compras necesarias para desarrollar tu actividad profesional

Lo que realmente va a determinar si puedes deducirte un gasto o no, no es que efectivamente esté relacionado con tu actividad laboral, sino que tu puedas demostrar eso ante hacienda. Lo se, parece todo un poco ambiguo y ahora mismo parece que te vas a equivocar cuando lo hagas y te vas a meter en problemas. Nada más lejos de la realidad, si tienes dudas con tu declaración de la renta puedes contratar los servicios de un gestor que te llevará todo el proceso. Si prefieres ahorrar en este servicio, puedes contratar los servicios de una consultoría online para ir consultando las diferentes partes del proceso. Si directamente te atreves tu solo con todo el proceso, también puedes acudir a alguna de las instituciones de la Agencia Tributaria y ponerte en contacto con alguno de los asesores. De este modo podrás contar con los parámetros básicos a seguir para hacer la declaración de la renta correctamente. Como ves, el marco de la deducción de gastos para los autónomos en España no es muy rígido ni está muy bien regulado, con lo que es fácil cometer equivocaciones o »equivocaciones» en beneficio o en contra de uno mismo a la hora de pagar los impuestos. Sin embargo ve con cuidado y estate atento, ten preparada toda la documentación necesaria como si al día siguiente te la fueran a pedir, pues aunque no factures grandes cantidades de dinero y nunca hayas defraudado, puedes ser investigado aleatoriamente y deberás estar preparado. Como siempre, cualquier consulta o aportación que quieres hacer será bienvenida amigo mío, déjala en un comentario y abriremos un debate sobre este tema. La facturación para pymes es una de nuestras prioridades porque sabemos lo que os importa.

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1 Comentarios
  • leticia
    leticia2015-11-13 16:10:50
    Autor

    Si soy autonoma y trabajo desde mi casa alquilada. El alquiler de la casa tiene iva? que tipo de contrato tengo que hacer con el casero? gracias

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