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¿Qué gastos son fiscalmente deducibles para Pyme y Autónomo?


Los gastos fiscalmente deducibles para Pymes y autónomos son aquellos que la normativa fiscal permite restar de los ingresos para calcular los beneficios sobre los que se pagarán impuestos a Hacienda. Si eres autónomo y tributas en Estimación Directa o tienes una empresa que tributa en el Impuesto sobre Sociedades, esto te va a interesar.

Requisitos para deducir los gastos

Desde el punto de vista fiscal, se consideran deducibles todos los gastos necesarios para el desarrollo de la actividad empresarial o profesional. Sin embargo Hacienda establece varios requisitos que cada gasto debe cumplir para poderlo deducir en las declaraciones de impuestos

  • El gasto debe estar contabilizado, esto es, debe estar convenientemente registrado en los libros oficiales de gastos o inversiones que todo negocio debe llevar.
  • El gasto debe estar justificado mediante la correspondiente factura, ya sea factura completa o simplificada. Algunos gastos como los seguros, las comisiones bancarias y las cuotas de autónomos no tienen factura pero te las podrás deducir igualmente.
  • A efectos de IRPF, el gasto debe deducirse en el periodo en que se haya producido independientemente de que la factura esté pagada o pendiente de pago. En materia de IVA, sin embargo, la normativa permite deducir un gasto en el plazo de 4 años desde la fecha de emisión de la factura.
  • Debe existir correlación entre ingresos y gastos, esto es, el gasto debe estar vinculado a la actividad económica y contribuir de algún modo a la obtención de ingresos.

Gastos deducibles

Los gastos deducibles más habituales son los siguientes:

  • Consumos de explotación: son deducibles las compras de mercaderías para vender, materias primas y auxiliares necesarias para llevar a cabo la actividad.
  • Gastos de personal: son deducibles las cotizaciones a la Seguridad Social tanto de autónomos como de los empleados contratados y los gastos derivados de la contratación de personal.(nóminas, dietas, retribuciones en especie, indemnizaciones, formación, contribuciones a planes de pensiones …).
  • Arrendamientos: gastos de alquiler de inmuebles, vehículos y máquinas relacionados con la actividad. También son deducibles las cuotas de  renting y de leasing (arrendamiento financiero) siempre y cuando no sean sobre terrenos u otros bienes no amortizables.
  • Reparaciones y conservación: gastos de mantenimiento de los bienes afectos al negocio.
  • Servicios de profesionales: honorarios de abogados, auditores, asesores fiscales, notarios, agentes comerciales.
  • Otros servicios exteriores: transportes, primas de seguros, servicios bancarios, publicidad, relaciones públicas, suministros de electricidad, agua y teléfono, material de oficina.
  • Tributos fiscalmente deducibles: impuesto sobre actividades económicas (IAE), impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), tasa de basuras, IVA soportado (sólo en caso de no estar obligado a presentar declaración de IVA).
  • Gastos financieros: intereses derivados de préstamos y créditos, intereses por descuento de efectos, intereses de demora…

Deducción de las amortizaciones

  • Cuando lo que compramos no es un gasto sino un bien de inversión, será necesario calcular un plan de amortización que refleje qué parte del bien se va a imputar a gastos cada año.Los bienes de inversión no se imputan a gastos en el ejercicio en que se adquieren a no ser que se apliquen beneficios fiscales tales como la libertad de amortización. La normativa contable establece la obligación de imputar a gastos este tipo de bienes en función del deterioro que sufran. En la práctica esto se hace calculando un plan de amortización a partir de los porcentajes publicados por Hacienda.Cada año, al hacer el cierre contable será necesario contabilizar las amortizaciones del ejercicio para evitar pagar impuestos de más.
  • Ahora ya lo tienes todo más claro para saber si un gasto puede considerarse fiscalmente deducible o no. Para evitar sorpresas en caso de inspección, la recomendación es clara: deduce sólo los gastos vinculados a la actividad, pide factura por cada gasto que realices y sé ordenado. Mantener la documentación de tu negocio bien ordenada es una práctica muy rentable que te ayudará a evitar pagar impuestos de más. Lo que siempre aconsejamos: tener todo el control de gastos en tu herramienta de gestión como billage. Con ella, podrás visualizar rápidamente qué gastos tiene tu empresa y cuáles son deducibles. Si aún no la tienes, prueba ahora billage 14 días gratis.
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1 Comentarios
  • Anna
    Anna2018-11-26 11:24:10
    Autor

    Interesante!

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