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Guía todo sobre los autónomos


¡Conoce en un solo vistazo todo lo que debes saber sobre los autónomos con esta guía!

1) ¿Qué es ser autónomo? ¿Cuál es la diferencia entre trabajador autónomo y profesional autónomo?

Ser autónomo es ser un empresario o profesional independiente, que organiza su trabajo con sus propios medios y bajo sus criterios de trabajo, sin perjuicio de existir determinadas indicaciones o directrices generales sobre el resultado del trabajo a realizar que el cliente que ha contratado los servicios indique. De igual modo, es relevante conocer la diferencia entre trabajador autónomo y profesional autónomo, puesto que aunque puede considerarse igual, en determinados aspectos como las retenciones en las facturas o la determinación del IVA aplicable en función de si se trata de una entrega de bienes o una prestación de servicios, cobra relevancia y puede dar lugar a un resultado diferente.

2) El trabajador autónomo económicamente dependiente

Dentro de los trabajadores autónomos, existe la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente, un trabajador autónomo que se encuentra a medio camino en derechos y obligaciones entre los autónomos tradicionales y los empleados por cuenta ajena. Los trabajadores autónomos económicamente dependientes tienen derecho, por ejemplo, a periodos de descanso anuales, que podríamos denominar vacaciones, pero en cambio y a diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, no tienen derecho a que dichas vacaciones sean pagadas (podrían serlo, pero eso queda a voluntad del cliente que le contrata). Junto a esta, existen múltiples características más que diferencian a un autónomo económicamente dependiente de un autónomo tradicional o de un trabajador por cuenta ajena.

3) Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA)

El sistema de Seguridad Social de los trabajadores autónomos se encuadra en un régimen especial, el RETA o régimen especial de trabajadores autónomos. Este sistema, en el que las aportaciones y cotizaciones las realiza únicamente el trabajador, ya que a su vez es empresario, funciona mediante un sistema de bases de cotización determinadas por el propio autónomo, dentro de unos límites mínimos y máximos regulados legalmente, en vez de depender de los ingresos que el trabajador autónomo recibe.

4) Las prestaciones del Régimen de Autónomos

Pese a que el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, RETA, como su propio nombre indica es especial, eso no implica que no se tenga derecho a determinadas prestaciones como bajas laborales, incapacidades temporales o permanentes, asistencia sanitaria, derecho a una jubilación, etc. aunque sí que es cierto que estos derechos tendrán peculiaridades respecto a las prestaciones típicas o más habituales que se dan en el régimen general cuando se es trabajador por cuenta ajena.

5) La baja laboral del autónomo

Dentro de este sistema especial de Seguridad Social, y pese a la existencia de diversas diferencias con el régimen general de la Seguridad Social (el de los trabajadores por cuenta ajena), también se tiene derecho a bajas laborales. La baja laboral del trabajador autónomo se da cuando un autónomo tiene un accidente durante el desempeño de su labor profesional. Dada la especialidad del funcionamiento de este régimen y la coincidencia de la figura del empresario y del trabajador en una misma persona, el autónomo, su funcionamiento y tramitación es diferente del de bajas laborales de otro tipo de trabajadores.

6) Baja por maternidad para trabajadoras autónomas

Por su parte, y como no podía ser de otro modo, las trabajadoras autónomas que tengan la fortuna de ser madres, también tienen derecho a baja por maternidad, aunque con ciertas peculiaridades y características propias del régimen especial de la Seguridad Social en el que se encuadran.

7) El derecho a conciliar la vida personal y profesional

Tradicionalmente los autónomos, como empresarios que son, no han tenido la oportunidad de conciliar su vida personal, familiar y laboral, puesto que para que un negocio salga adelante, y especialmente cuando se trata de pequeñas empresas y en los inicios, hay que dedicarle mucho tiempo y esfuerzo, lo que provoca que otros aspectos como el personal se desatiendan en mayor medida de lo deseado. Para evitar esto, y acercar un poco más la conciliación a los autónomos, existen medidas de incentivación a la conciliación personal que merece la pena conocer y valorar si cumplimos los requisitos de las mismas.

8) El paro de los autónomos

El paro o subsidio por desempleo en el caso de trabajadores autónomos, una figura de relativamente reciente creación, permite al trabajador autónomo que, si debido a diversas causas tasadas y reguladas por ley, se queda sin actividad, tenga derecho a acceder al cobro de un subsidio por desempleo. Dicho cobro, al igual que ocurre con las bajas, tiene un funcionamiento diferente al tradicional, y se basa para determinar su cuantía en la base de cotización declarada por el autónomo, lo que provoca, dado que la mayoría de autónomos escogen la base mínima de cotización, que el cobro por desempleo sea muy bajo. Además y como característica a destacar del paro para autónomos, es una prestación voluntaria: no se tiene obligación de acogerse a ella y, como es lógico, si no te acoges a la misma y cotizas por ello, no tendrás derecho a reclamarla posteriormente, pese a que cumplas el resto de requisitos.

9) Las obligaciones fiscales de los autónomos

Ser empresario implica tener obligaciones fiscales inevitablemente. Aunque en la mayoría de los casos éstas no son muy complejas, sí es necesario prestarles la atención debida y, si no tenemos los conocimientos o el tiempo suficiente para llevarlas por nosotros mismos, encargárselas a expertos en la materia. De cualquier modo, y las llevemos personalmente o no, siempre es necesario conocer todas las obligaciones fiscales que tenemos, aunque sea a grandes rasgos, de cara a poder controlar adecuadamente su cumplimiento y saber responder ante cualquier situación que se derive de las mismas.

10) Cómo darse de baja en autónomos

Llegado el momento, ya sea por no quedar otro remedio, por cambiar de régimen al de cuenta ajena o por decidir tomarse un año sabático, es necesario darse de baja en el régimen especial de trabajadores autónomos. El proceso de baja es sencillo, pero requiere visitar, como sucedió cuando nos dimos de alta, pasar tanto por la Agencia Tributaria como por la oficina de la Seguridad Social. De cualquier modo, y si dispones de firma o certificado electrónico, puedes realizar ambos trámites telemáticamente y con ello ahorrarte paseos y esperas.

11) La jubilación de un autónomo

De igual modo, y si llega el caso, nuestra experiencia como autónomos puede llegar a su fin porque tras muchos años trabajando llegue nuestro momento de descansar indefinidamente, jubilándonos. La jubilación de los autónomos tiene sus peculiaridades en cuestiones como el cálculo de la pensión, donde se toma como referencia la base de cotización por la que se ha estado cotizando en los últimos años, aunque en la mayoría de elementos se trata de una jubilación ordinaria.

¿Necesitas saber algo más sobre los autónomos? ¡No dudes en preguntarnos!

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