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La obligatoriedad de la factura electrónica para este 2015


Este año 2015 ha empezado con una importante novedad que ha dado más de un susto: la obligatoriedad de la factura electrónica. Susto porque algunos, no muy bien informados, creyeron que la obligatoriedad sería para todo tipo de facturas. Pero para su suerte, esta nueva normativa solo afecta a quienes facturen a las administraciones y organismos públicos. Eso sí, todo tipo de organismos públicos: administraciones del estado, autonómicas, locales, organismos autónomos, universidades públicas, entidades de derecho público, órganos constitucionales y mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. Si trabajamos para algunas de estas entidades, más vale que nos pongamos al día (tu facturación online puede ayudarte mucho), ya que desde el pasado día 15 de enero la nueva norma es vigente. Si para algunos el mundo de la facturación electrónica es ése gran desconocido, lo primero que hay que saber es que no hay porqué preocuparse, el proceso es mucho más fácil y accesible de lo que nos podamos imaginar al igual que todas las ventajas de facturar online. Dicho esto, para facturar electrónicamente podemos conseguir un software especializado para ello, o bien encargar todo este trabajo a un tercero, aunque ésta última opción no es muy recomendable por cuestión de eficiencia y coste. Además, si tenemos una pyme o trabajamos como autónomos, la propia administración nos lo pone fácil al poner a nuestro alcance un programa gratuito de facturación, que además nos garantiza cumplir al 100% con los requisitos que imponen las Administraciones Públicas (AAPP). Específicamente, las facturas electrónicas requieren:

  • Que estén escritas en un lenguaje informático concreto, el llamado formato Facturae, en su edición 3.2. o 3.2.1.
  • Que sean firmadas electrónicamente.
  • Que indiquen el destinatario de la factura electrónica.

Factura_Electrónica_Ticket_Factura1 Para enviar nuestra factura electrónica una vez cumple todos los requisitos que nos solicitan las AAPP, debemos utilizar los puntos generales de entrada de facturas electrónicas de las que dispone el Estado, todas las Comunidades Autónomas y también todas las entidades locales. Estos puntos generales vienen a ser como buzones de correo electrónico, o ventanillas virtuales, en donde se entra nuestra factura e inmediatamente se hace un registro de dicha entrada. Evidentemente, nuestra factura electrónicamente debe mandarse electrónicamente a estos puntos de entrada, cosa que podemos hacer muy fácilmente mediante una conexión automática que genera el software de facturación que utilicemos. El hecho de trabajar con facturas electrónicas ayuda enormemente a la transparencia de las cuentas de las AAPP, y también supone una ventaja adicional para todos los proveedores, porque les da la posibilidad de hacer un seguimiento del estado de tramitación en el que se encuentran sus facturas.

Pasado-presente-y-futuro-de-la-Factura-Electronica-en-Mexico

«El verdadero progreso es el que pone la tecnología al alcance de todos». Henry Ford

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1 Comentarios
  • isa
    isa2018-08-26 16:54:59
    Autor

    hola, dónde puedo encontrar el programa gratuito de facturación de la administración que mencionas? gracias isa

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