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Autónomo colaborador
Un autónomo colaborador es una persona física que cumple con los requisitos siguientes respecto de otro trabajador autónomo:
- Es familiar directo del trabajador autónomo (los familiares directos incluyen el cónyuge, los padres, los hijos y demás familiares hasta segundo grado).
- Trabaja para él de forma permanente (es decir, no se trata de una cooperación en un momento determinado, sino de su trabajo habitual).
- No está dado de alta como trabajador por cuenta ajena (es decir, no se trata de un autónomo que contrata los servicios de otro autónomo, sino de un autónomo que contrata a un familiar).