Base fiscal
La base fiscal es el importe económico que se atribuye a los activos, pasivos y otros instrumentos de patrimonio de una empresa. Una atribución conforme y de acuerdo a la legislación fiscal aplicable en cada caso. Y es que el objetivo final de esta base es el del fin fiscal.
La base fiscal afecta a los activos y a los pasivos de la compañía.
En el caso de los activos, representa el valor que habrá que descontar de las ganancias futuras de las empresa para hacer frente a las obligaciones fiscales. Es decir, el monto deducible en referencia a los pagos fiscales a realizar por la ganancia establecida. En el caso de que los beneficios que obtiene la empresa no tributen, la base fiscal de estos activos será el valor contable que se establece en los libros de contabilidad.
Para los pasivos, su base fiscal es el valor contable de ese pasivo menos el importe (cualquiera que sea) deducible en un futuro. En el caso de ingresos ordinarios que se hayan percibido por anticipado, la base fiscal será el importe que aparece en los libros menos todo ingreso ordinario que no se pueda imponer en ejercicios futuros.
Los activos y pasivos realizables
Estos, los activos y pasivos realizables que aparecen y tienen repercusión en la base fiscal son:
- Activos realizables: todo activo de la empresa que se puede convertir en liquidez en un corto periodo de tiempo – corto plazo. Ejemplos como facturas pendientes de pagar de clientes, ventas realizadas, etc.
- Pasivo realizable: todo el pasivo que se pueda exigir a corto plazo y que pueden ser las deudas existentes con Hacienda, con la Seguridad Social o cualquier otro tipo de deuda.
Cálculo de la base fiscal de los activos y pasivos realizables
Para obtener el dato de la base fiscal de la empresa es necesario contar con el desglose de los activos y pasivos realizables.
- Base fiscal del Activo realizable: representará el importe deducible (fiscalmente) de todos los beneficios de la empresa a partir del momento en el que esta recupera el valor asignado del activo.
- Base fiscal Pasivo realizable: será el valor asignado a ese pasivo en cuestión al que se le han restado las cantidades deducibles fiscalmente.
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