Modelo 202: Impuesto sobre Sociedades (Pago Fraccionado)
Al igual que algunos autónomos presentan sus pagos a cuenta trimestrales a través del modelo 130 o el modelo 131, las sociedades tienen que hacer los mismo con el Impuesto sobre Sociedades, sólo que no es trimestralmente y se hace mediante el modelo 202.
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¿Qué es el modelo 202?
El Modelo 202 es una forma que las entidades declaren sus ingresos en el Impuesto sobre Sociedades. El pago del modelo 202 servirá como anticipo para el pago de la siguiente declaración de dicho modelo.
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¿Es obligatorio presentar el modelo 202?
No, no siempre es obligatorio presentar el modelo 202.
Aquellos sujetos pasivos del impuesto sobre sociedades que no sean gran empresa y cuyo resultado del último impuesto sobre sociedades presentado fuese negativo no tienen obligación de presentar este modelo.
Debes tener en cuenta que la referencia que hace la ley respecto a que resultado mirar para presentar el modelo es el último impuesto sobre sociedades presentado, de manera que en el pago fraccionado de abril se tendrá en cuenta el impuesto sobre sociedades de dos ejercicios atrás (ya que el del último impuesto aún no se habrá presentado, se presenta en julio) y en el caso de los pagos de octubre y diciembre se referirán al impuesto correspondiente al ejercicio fiscal anterior, cuyo impuesto se habrá presentado en julio de ese mismo año.
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Hay que tener en cuenta que, en el caso de grandes empresas, aunque el resultado del pago fraccionado sea negativo y, en consecuencia, no proceda realizar ingreso alguno, igualmente hay que presentar el modelo.
¿Como rellenar en el modelo 202?
En el modelo 202 tendrás que rellenar, además de los datos de la sociedad y los que figuran en el encabezamiento del modelo, el tipo de método de cálculo del pago fraccionado que aplica a la empresa.
En el caso de que se trate de una gran empresa, esto es, que la cifra de negocios del ejercicio anterior sea superior a los 10 millones de euros, será obligatorio el cálculo del pago fraccionado por el sistema de base.
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En cambio, en el caso de que no se sea una gran empresa a efectos del impuesto sobre sociedades, el método de cálculo podrá ser, por el sistema de bases si así se ha optado voluntariamente en el mes de febrero mediante la presentación del correspondiente modelo censal, o, en el caso de no haber optado por el método de base, a través del método de cuota, que es el que aplica por defecto en caso de no haber hecho elección específica y no tratarse de una gran empresa.
Cálculo con el método de base
En el caso del método de base, el sistema de cálculo es mediante la realización de una pequeña liquidación del impuesto, en la cual, partiendo del resultado contable, se realizan los ajustes positivos y negativos que, conforme a la legislación vigente, correspondan, obteniendo la base de cálculo del pago fraccionado, sobre la que se aplica el porcentaje correspondiente para obtener, tras restar las retenciones y pagos fraccionados anteriores de ese ejerció, el importe a ingresar.
Cálculo con el sistema de cuotas
En cambio, en el sistema de cuotas, el cálculo es mucho más sencillo. Tomando como referencia el importe consignado en la casilla 599 del último impuesto sobre sociedades presentado, se aplica el porcentaje del tipo correspondiente al pago fraccionado en función del tipo de aplicación del impuesto sobre sociedades de esa empresa y se obtiene el importa a ingresar, sin tener relevancia los pagos fraccionados anteriores o las retenciones soportadas, así como tampoco si el resultado de ese ejercicio es negativo o no se han tenido ingresos.
Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades
Consecuencia de lo anterior, en el caso de que la actividad de una empresa se prevea que va a variar notablemente de un ejercicio al siguiente y, por ello, el aplicar el ingreso con el sistema de cuotas supondría un ingreso sustancial ya que tiene en cuenta el resultado del ejercicio anterior y en el presente no se espera tener ese resultado, conviene ejercer el derecho a modificar el método de cálculo del pago fraccionado y modificar el mismo al sistema de bases, mediante el cual se tendrá en cuenta el resultado acumulado de ese ejercicio, con independencia del resultado del ejercicio anterior.
¿Sabías que existían varios métodos de cálculo del pago fraccionado? ¿Presentas este modelo?
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