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He vendido productos por Wallapop, ¿tengo que declararlo?


Estamos en época de realizar la declaración de la renta, y en estos momentos, y posteriormente cuando vienen las comprobaciones, mucha gente se pregunta si determinadas operaciones que ha realizado durante el año tiene que declararlas en su declaración de la renta, pero la realidad es que en más ocasiones si cabe, se da la situación de que directamente ni se nos pasa por la mente y cuando la Agencia Tributaria detecta la existencia de la operación, nos sorprendemos y nos llevamos las manos a la cabeza. Uno de estos casos es, por ejemplo, la venta o el arrendamiento de bienes a través de las múltiples aplicaciones existentes en la actualidad para el intercambio o alquiler de bienes y objetos entre particulares. Nuestra lógica natural nos dice ¿y cómo va a enterarse Hacienda de que yo he vendido esto o he vendido lo otro? Y pensar esto es normal, no significa que seamos unos estafadores, es natural que nos planteemos el cómo nos van a detectar, pero la realidad es que en el momento en que nos planteamos el cómo nos van a pillar, ya estamos reconociendo que sabemos que eso se tenía que declarar, y que nos estamos planteando no hacerlo. Pues bien, en el caso de que directamente pensemos que esas ventas no hay que declararlas o que dudemos de si es necesario o no, vamos a analizar qué nos dice la legislación al respecto.

¿Qué debe incluirse en nuestra declaración de la renta?

El artículo 2 de la ley de IRPF nos dice que constituye el objeto de este Impuesto la renta del contribuyente, entendida como la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador. En consecuencia, la venta de, por ejemplo, una televisión en Wallapop, nos supone un rendimiento, una ganancia o pérdida patrimonial que debe declararse en el IRPF.

¿Dónde debo declarar estos rendimientos?

Como sabéis, la declaración de la renta tiene múltiples apartados y grupos de cuestiones a declarar: rendimientos del trabajo, rendimientos de actividades económicas, rendimientos del capital mobiliario, rendimientos del capital inmobiliario, imputación de rentas y ganancias y pérdidas patrimoniales. Pues bien, sabiendo que hay tantos, es posible que no sepamos donde debemos declarar las ventas realizadas en Wallapop. Si somos empresarios, y dentro de nuestra actividad se encuentra la venta de productos como el vendido en Wallapop, o relacionados, nuestra venta será una más de nuestra actividad, como las que hacemos en las tiendas o hacemos en nuestra página web. En el caso de que no seamos empresarios, o que directamente hayamos vendido una televisión de nuestra casa y nuestra actividad no tenga relación alguna, por ejemplo, peluqueros, la ganancia obtenida será una ganancia patrimonial a incluir en dicho apartado.

¿Siempre tengo que declararlo?

Pues bien, esto es importante. Siempre se tienen que declarar estas variaciones del patrimonio, pero la realidad es que puede haberse dado una pérdida y no una ganancia, pues esto es lo más frecuente en este tipo de aplicaciones. Por ejemplo, y siguiendo con el ejemplo de la televisión; yo, camarero por cuenta ajena me compré el año pasado una televisión para el salón por 400 Euros. Ahora resulta que he cambiado el mueble de la televisión y como siempre me ha apetecido tener una más grande para poder ver los partidos de futbol en alta definición y sentir como que estoy en el campo, me compro otra, y quiero vender la anterior, que está casi nueva. La pongo en Wallapop y llego a un acuerdo con una persona que me da por ella 200 Euros. La compré en 400 Euros y la vendo en 200 Euros. Esa televisión no ha sido objeto de deducción ni amortización alguna, pues no era de mi actividad empresarial y, en consecuencia, no ha habido ganancia patrimonial, sino todo lo contrario, una pérdida (compré en 400, vendo en 200, he perdido 200 Euros).

¿Tengo que declarar esa pérdida patrimonial?

Pues si el caso es el de una televisión que compré para mi uso, y al final la he vendido a otro, no. Sería una pérdida patrimonial no computable, pues el artículo 33.5 b) de la Ley del IRPF nos dice que no se computarán como pérdidas patrimoniales las debidas al consumo, lo que podría ser el caso expuesto.   En consecuencia, en función de si tienes ganancia o pérdida patrimonial, tendrás obligación de declarar esa transmisión realizada a través de Wallapop. Ahora ya sabes si tienes o no que declararla, está en tus manos hacerlo o no, pero ten en cuenta que la Agencia Tributaria cada vez tiene más información. Si la ganancia patrimonial es de unos euros, quizá no sea lo suficientemente relevante, pero quizá merezca la pena quitarse el posible problema y tributar por ello.

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2 Comentarios
  • Impuesto Wallapop
    Impuesto Wallapop2018-07-24 17:10:31
    Autor

    Según https://ponerunanuncioenwallapop.online/impuestos-en-wallapop/ hay cierto impuesto que se paga a hacienda por ventas de artículos usados. Creo que es la parte negativa de vender en Wallapop.

  • Rocío
    Rocío2017-11-21 09:10:21
    Autor

    Vendí una moto por wallapop, y evidentemente no obtuve ganancias. El comprador la pagó en metálico…cómo lo declaro y dónde…porque yo puedo poner la cantidad real, ¿pero Hacienda se fiara de lo que yo declaro?

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