Insolvencia
La insolvencia es el concepto que define la incapacidad para hacer frente a una deuda. Por lo tanto, aquella empresa o persona física que se declara en insolvencia estará en una situación de incapacidad de pago de una deuda contraída anteriormente.
Para poder como empresa solicitar un concurso de acreedores será imprescindible estar en situación de insolvencia y deberá ser declarada por un juez de lo mercantil. Si bien la insolvencia es reversible, el siguiente paso (no poder recuperarse de esta) llevará a la empresa a la quiebra.
Tipos de insolvencia
La insolvencia puede darse en diferentes supuestos o motivada por diversas razones dando así a tipologías variadas.
Según el patrimonio del deudor
Si el deudor no puede cumplir y hacer frente de forma regular a sus obligaciones actuales y futuras. Aunque el deudor tenga un patrimonio suficiente, este está compuesto por activos inmovilizados derivando igualmente en dos tipos de insolvencia:
Insolvencia actual: el deudor no puede hacer frente a sus obligaciones de pago. Así la Ley lo estará obligando a solicitar de forma inmediata el concurso de acreedores del negocio en un plazo máximo de 2 meses desde el conocimiento de la insolvencia.
Insolvencia inminente: en este caso, hay una previsión por parte del deudor de que no podrá pagar la deuda contraída. Puede en este caso solicitar un concurso de acreedores voluntario por parte del deudor no propiciarlo el acreedor.
Según el proceso
Otra de las clasificaciones de la insolvencia es según el proceso desarrollado:
Declaración de insolvencia en el proceso civil
Declaración de insolvencia en el proceso penal
Según la resolución judicial
Aquí será un juez y una resolución judicial oficial la que determine la insolvencia:
Provisional: la causa que genera la falta de liquidez es temporal.
Definitiva: no existen bienes suficientes para hacer frente a las reclamaciones de deuda.
Según el tipo de deudor
Dependiendo de quién sea la persona que tiene la deuda, la insolvencia podrá ser:
Empresarial o de personas / trabajadores autónomos.
Resolución de la insolvencia
Cuando existe una resolución de insolvencia “no definitiva” se ponen en marcha diferentes acciones y mecanismos para que el deudor pueda revertir la situación. Hacer frente a la deuda y salir de la insolvencia es el objetivo de deudor y acreedor. Es la única vía para garantizar la continuidad de la empresa.
Para evitar la quiebra el ordenamiento jurídico ofrece diferentes vías:
- Realización de activos: convertir los activos inmovilizados en liquidez con el consentimiento de los acreedores de ampliación de plazo para el pago de la deuda. O ejecutando la fórmula “pre-pack” concursa o la venta de unidades productivas de una edad temprana.
- Acuerdos preconcursales: para evitar el concurso de acreedores se puede realizar un convenio o una solución pactada así como la liquidación.
- Capitalización: recibir aportes de capital (la empresa) mediante donaciones, ampliaciones de capital o aportes de terceros que estén interesados en participar.
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