Coronavirus COVID-19: Ayudas para autónomos (Actualización diaria)
*Actualización 22.04.20: El coronavirus está imparable al menos, por ahora. Sabemos que de esta saldremos pero ¿a qué precio? Además de los aspectos de salud (física y emocional) tenemos que estar muy atentos a las consecuencias económicas que está dejando a su paso y que veremos de forma más realista a la salida del confinamiento. Los autónomos son uno de los colectivos que más está sufriendo porque si no trabajan, no cobran y un trabajador autónomo – freelance es de los primeros que se suele prescindir por el nulo coste de suspensión de su trabajo que representa. Un autónomo además no puede acogerse a un ERTE porque trabaja por cuenta propia ni tampoco ve más soluciones posibles. ¿Qué ayudas a generado el Gobierno para el colectivo de autónomos en España?
Las ideas y venidas de las ayudas para autónomos por el coronavirus
Desde que empezó esta “crisis” por el coronavirus, el Gobierno ha ido dando mini dosis de ayudas a diferentes colectivos o situaciones. En este post puedes ver de forma actualizada constante qué ofrece el estado para las empresas y pymes. Pero si hay un colectivo que se ha visto poco atendido y con soluciones que no llegaban este ha sido sin duda, el de los autónomos.
En este país, en España, a finales de 2019 se registraron más de 3 millones de autónomos que trabajan por cuenta propia y que cada mes, facturen o no, hacen frente a importantes cuotas para con la Administración.
Un autónomo es uno de los profesionales más desprotegidos actualmente por el Estado ya que si no trabaja, no cobra. Es fácilmente prescindible para las empresas ya que dejar de contar con él no supone ninguna consecuencia. Dependiendo de cómo lo estipule el propio autónomo puede incluso que no haya ni preaviso en la cancelación de sus servicios. Un autónomo a menudo (en la mayoría de las veces) tiene que renunciar a acogerse a una baja médica porque lo que va a percibir no le renta y prefiere trabajar incluso enfermo. No existe en condiciones normales un derecho a desempleo digno… Aún así, miles de personas cada año apuestan por ser autónomos y perseguir sus sueños profesionales y empresariales. Pero este es otro asunto.
Lo que hoy nos ocupa es que durante la situación que estamos viviendo por el coronavirus, no están llegando o lo hacen con cuenta gotas y con idas y venidas las ayudas para los autónomos.
Este pasado sábado, 28 de marzo y tras la adopción de las nuevas medidas más exigentes de confinamiento parece ser que se han tomado nuevas determinaciones que afectan a los autónomos. ¿Son suficientes y eficaces? Veamos cuáles son para poder después, analizarlas cada uno por propia iniciativa.
Medidas para autónomos – Actualizado
Aplazamiento de impuestos
Esta fue una de las primeras medidas adoptadas y que siguen en vigor con modificaciones. Según el Real Decreto – Ley 7/2020, los impuestos de obligado cumplimiento para un aútonomo (IVA – Modelo 303 e IRFP – Modelo 130 / 131) podrán aplazarse durante un máximo de 6 meses (los 3 primeros sin intereses y los tres últimos ya llevarían intereses de demora).
Esta medida ayudará a los autónomos a poder disponer de esa liquidez para poder hacer frente a otros pagos inmediatos.
Lo que sí hay que tener en cuenta son las puntualizaciones:
- La deuda máxima a aplazar es de 30.000 €.
- No será válido para aquellos autónomos que facturen más de 6.010.121,04 €.
- Esta medida estará vigente hasta el 30 de mayo de 2020.
*Actualización: 14.04.20:
El Gobierno notifica el aplazamiento de pago de impuestos para pymes y autónomos hasta el 20 de mayo (noticia que ha despertado controversia porque se ha hecho pública el día antes de la finalización del plazo para la domicialización de estos pagos).
Si tenías planificado hacer el pago del IVA, IRPF e Impuesto de Sociedades correspondiente al primer trimestre de 2020 y cuya fecha tope es el 15 de abril para domiciliaciones y 20 de abril para pago directo, tienes márgen sin que incurra en intereses. Nueva fecha para el pago de los mismos: 20 de mayo de 2020.
Aplazamiento de deudas existentes
Igualmente, se ha aprobado un aplazamiento de todas las deudas con la Administración que pueda tener un autónomo por lo que si estás pagando alguna sanción o deuda podrás solicitar un aplazamiento que será otorgado con fecha máxima para solventarla hasta el 30 de junio de 2020.
Moratoria de las cuotas de autónomos
Esta es la medida que se ha venido solicitando de forma más contundente desde el principio de la crisis y que en otros países se realizó de manera inmediata: la suspensión de las cuotas de autónomos.
*Actualización: el martes 31 de marzo de 2020 el Gobierno ha lanzado una moratoria de las cuotas de marzo – abril y mayo para autónomos, aprobación pendiente al próximo Consejo de Ministros.
Para poder acogerse a esta moratoria es imprescindible cesar la actividad a la que estemos sujetos a partir de la cual también se cobrará la prestación extraordinaria por cese de actividad (que se estipula en un mínimo de 661 € / mes – los 950 € que cita el Gobierno es porque incluye en esa cantidad el ahorro de la cuota mensual liberada de autónomo).
Esto supone que si estás trabajando como autónomo aunque sea bajo mínimos, no podrás acogerte a esta medida porque si quieres facturar necesitas estar en activo y no tener solicitado el cese de la actividad.
Para poder también beneficiarte de esta moratoria como autónomo hay que solicitarlo en los diez primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso.
Lo dicho, para poder acogerse a esta medida un autónomo tiene que tener un 100% de caída de sus ingresos, acogerse al cese de la actividad y dejar de trabajar aunque tenga un mínimo de trabajo que no le de para subsistir y necesite ayuda. En el caso de los ERTES estos se adjudican si la empresa demuestra una bajada de la actividad del 30% algo que se está solicitando sea igual para los autónomos ya que si a estos les decae su actividad un 30% ya van a necesitar ayuda.
*Actualización 22.04.20:
Autónomos en COTIZACIÓN por MÓDULOS
En este caso aplica a los autónomos que cotizan el IVA e IRPF por módulos.
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