Principio de no compensación
El principio de no compensación establece que las partidas consignadas en el activo y las consignadas en el pasivo del balance de la empresa no podrán compensarse mutuamente; tampoco podrán compensarse mutuamente las partidas consignadas como ingresos y gastos (respectivamente) en la cuenta de pérdidas y ganancias de una empresa. Es decir, que deberá consignarse el total del activo, por un lado, y el total del pasivo, por el otro, en lugar de consignar únicamente la cantidad total resultante de restar el valor del pasivo del valor del activo en el balance (y se procederá del mismo modo para consignar los ingresos y los gastos en la cuenta de pérdidas y ganancias). Dicho principio debe aplicarse en todo momento, salvo en los casos en los que exista una norma en particular que establezca explícitamente la obligación de aplicar otra forma de proceder.
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