Consejos para ahorrar en la declaración de la renta
Para ahorrar en la declaración de la renta hay que estar al tanto de la normativa en vigor, y no fiarse de los datos que nos comunica Hacienda. Es raro el año que la declaración de la renta (IRPF) no trae novedades. Además, nuestras circunstancias personales y profesionales pueden haber cambiado a lo largo del año. Es necesario revisar todos los datos para poder ahorrar en nuestra declaración de la renta y no conformarse con los datos que nos envían del borrador. Vamos a ver porqué puede ser aconsejable realizar la declaración, incluso si no estás obligado a presentarla, y ahorrar lo máximo.
Confirmar el borrador de la renta sin comprobarlo NO te ayuda a ahorrar.
Los seres humanos somos fieles a la ley del mínimo esfuerzo, y por ello, muchas veces recibimos el borrador en nuestro buzón, y nos limitamos a presentarlo sin más. Sin embargo, en muchos casos los datos son erróneos, y además Hacienda no tiene porqué saber determinadas circunstancias que hayan ocurrido durante el año. Para ahorrar en el IRPF hay que revisar el borrador, comprobar que los datos son correctos y en especial hay que hacerlo si durante el año hemos realizado alguna de estas cosas:
- Si ha nacido un hijo a lo largo del año.
- Si hemos acogido a un padre/madre u otro familiar en nuestro hogar, y ahora es dependiente de nosotros.
- Si podemos acogernos a deducciones autonómicas, por ejemplo, el gasto en guarderías que es deducible en determinados casos.
- Si hemos realizado aportaciones al sindicato.
- Etc.
Como puedes comprobar, hay muchas circunstancias que podrían ahorrarte unos euros en la factura del fisco, o incrementar el dinero de la devolución, si los incluyes en el borrador.
Puedes ahorrar en la renta presentando declaración aunque no estés obligado a hacerlo
Esta es otra de las circunstancias, en las que las personas que no están obligadas a declarar, optan por no hacerlo, cuando quizá podrían optar a una devolución de las retenciones que se les han efectuado, lo cual ocurre en muchas más ocasiones de las que te puedas imaginar. Hay diversas situaciones que te eximen de realizar la declaración de la renta, por ejemplo, si tus ingresos son inferiores a 22.000 euros y proceden de rendimientos del trabajo (de un único pagador), estarás exento de presentarla. Muchos pensionistas y personas con ingresos inferiores a lo citado, es muy posible que hayan soportado retenciones superiores a la cuota que les correspondería pagar, si realizaran la declaración. Sin embargo, al estar exentos, deciden bien por comodidad o por desconocimiento no realizar la renta. Lo que estas personas quizá no sepan es que si presentan su renta a Hacienda, ésta tendrá que devolverles parcial o totalmente las retenciones que les han efectuado.
Comprueba las reducciones en la base imponible a las que tienes derecho.
Las reducciones más comunes en la renta son las siguientes:
- Mínimo familiar.
- Mínimo por hijos.
- Aportaciones a planes de pensiones y mutualidades de previsión social.
- Primas a planes de previsión asegurados.
- Pensiones compensatorias y anualidades por alimentos.
- Cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos.
- Cuotas sindicales.
- Cuotas de colegiación profesional cuando ésta sea obligatoria para ejercer.
Comprueba las deducciones a las que puedes tener derecho para ahorrar en tu renta.
Hay dos tipos de deducciones: las de tipo general y las que tienen carácter autonómico. Las primeras suelen ser más conocidas, pero las segundas no siempre se tienen en cuenta. Cuando Hacienda te comunica el borrador, lo elabora con los datos fiscales que ha recibido de terceros (tu empresa, tu banco, etc.) y no sabe las deducciones a las que individualmente podrías tener derecho, por lo que no las incluye. Algunas deducciones de carácter general a las que podrías tener derecho:
- Por inversión en vivienda habitual (se eliminó a partir del 1-1-2013 pero se mantiene en vigor para los que compraron antes de esa fecha).
- Por inversión en empresas de nueva creación.
- Primas de seguros de vida y de incendios contratados obligatoriamente con la financiación de la vivienda, son deducibles.
- También los contratos de derivados para cobertura de tipos de interés (esos que tanto han dado qué hablar en las noticias) contratados con una hipoteca.
- Donativos a ONGs, Cruz Roja, Iglesia, Federaciones deportivas y otras entidades contempladas en la ley son deducibles. Si has realizado cualquier donación a lo largo del año, comprueba si puedes deducirla.
- Si eres autónomo y estás en estimación directa, puedes tener derecho a ciertas deducciones por inversión empresarial. Consúltalas si has realizado inversiones o contratado personal a lo largo del año.
- Deducción por cuenta ahorro-empresa.
- Deducción por alquiler de la vivienda habitual, en función de tus ingresos.
Algunas deducciones de carácter autonómico a las que podrías tener derecho:
- Deducciones por hijos.
- Adopción de hijos en el ámbito internacional.
- Asistencia a personas con discapacidad.
- Ayuda doméstica.
- Gastos de defensa jurídica del trabajador.
- Adquisición de libros de texto y material escolar.
- Acogimiento no remunerado de mayores de 65 años.
- Parto múltiple.
- Gastos de guardería.
- Familia numerosa.
- Acogimiento familiar de menores.
- Por la enseñanza de idiomas.
- Por cuotas a la Seguridad Social de empleados del hogar.
- Creación de nuevas empresas.
Cada comunidad autónoma tiene establecidas unas deducciones, así que consúltalas si quieres ahorrar al máximo en tu renta.
Dos consejos finales para ahorrar en la declaración de la renta.
El primer consejo es ponerse en manos de un asesor fiscal antes de que acabe al año, para poder minimizar la factura fiscal en todos los euros que sea posible. Una vez acabado el año, ya no podrás modificar nada de lo hecho en el año anterior, por lo que ahorrar es más difícil. Tomar algunas decisiones como aportar a un plan de pensiones, a un plan de previsión asegurado o cancelar anticipadamente parte de un préstamo hipotecario, son consultas habituales que podrías realizar a un asesor fiscal para ahorrar impuestos al máximo antes de que finalice el año. El segundo consejo que te doy, es realizar siempre los cálculos aunque no estés obligado. La mayoría de las veces saldrás ganando y te convendrá presentar la renta. Y no te olvides de consultar el Manual de la Renta (recuerda que aunque estemos en 2015, la renta es la de 2014) que elabora la agencia tributaria, para ver las reducciones y deducciones a las que puedes optar. ¿Ahorras en tu declaración de la renta? Cuéntanos cómo en los comentarios, seguro que podemos sumar consejos.
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